Acuerdo de conciliación para menores en California: ¿Quién aprueba un acuerdo por lesiones de un menor? (2026)
- Tom Feher, Esq.
By Thomas Feher, Esq.|Fundador de Feher Law APC|Más de 50 juicios con jurado|Más de 170 millones de dólares recuperados|Super Abogados 2022-2026|Avvo 10.0
De Tom Feher, Esq. “Cuando un menor es la víctima, el tribunal pasa a formar parte del caso. Eso es positivo. La aprobación judicial garantiza que cada dólar que un menor reciba esté protegido hasta que tenga edad suficiente para usarlo, y que ningún adulto, incluidos los abogados, reciba más de lo que le corresponde.”
Respuesta corta: Un acuerdo en una demanda por lesiones de un niño en California no es definitivo hasta que un juez de un tribunal superior lo aprueba en un procedimiento llamado compromiso del menorLos padres no pueden renunciar a él por sí solos. Un padre o tutor es designado tutor ad litem según Código de Procedimiento Civil 372Se presenta una petición en el condado donde reside el menor o donde podría interponerse la demanda, y el juez aprueba el monto del acuerdo, los honorarios del abogado y dónde se deposita el dinero hasta que el menor cumpla 18 años. Solo un acuerdo por un valor de $5,000 o menos puede omitir la mayor parte de ese proceso.
Puntos Clave
- Un juez debe aprobarlo: Según el artículo 3500 del Código de Sucesiones, el acuerdo entre los padres respecto a la reclamación de un hijo solo es válido después de que un tribunal lo apruebe mediante una petición presentada.
- Tutor ad litem: De conformidad con el artículo 372 del Código de Procedimiento Civil, se designa a un padre o tutor para que actúe en nombre del menor en este caso.
- La línea de los 5,000 dólares: Si el patrimonio total del menor es de 5,000 dólares o menos, el artículo 3401 del Código de Sucesiones permite que el dinero pase a manos de uno de los padres para que lo administre en fideicomiso mediante una garantía escrita verificada.
- Por encima de eso, el dinero está bloqueado: El artículo 3611 del Código de Sucesiones transfiere el patrimonio neto a una cuenta bloqueada, una anualidad o un fideicomiso que el menor recibe al cumplir 18 años, y el tribunal mantiene la jurisdicción hasta entonces conforme al artículo 3612 del Código de Sucesiones.
- Las tarifas se revisan: El artículo 3601 del Código de Sucesiones exige que el juez apruebe los honorarios y costas de los abogados como razonables antes de que se realice cualquier pago.
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| Paso | Lo que pasa | Tiempo típico |
|---|---|---|
| 1. Nombramiento de tutor ad litem | Un padre o tutor es designado conforme al artículo 372 del Código de Procedimiento Civil para actuar en nombre del niño. | Inicio del caso |
| 2. Se llegó a un acuerdo. | La aseguradora acepta una cantidad, supeditada a la aprobación judicial. | – |
| 3. Petición presentada | La petición de conciliación del menor detalla las lesiones, el tratamiento, los honorarios y el plan para los fondos. | 1-2 semanas después del acuerdo |
| 4. Audición | El juez revisa el acuerdo, puede hacer preguntas y firma la orden de aprobación. | Unas semanas después de presentar la solicitud |
| 5. Financiación y depósito | La aseguradora paga, se satisfacen los cargos y gravámenes aprobados, y el saldo neto del niño se deposita en la cuenta bloqueada o en la anualidad. | Normalmente, dentro de los 30 días posteriores al pedido. |
Cómo funciona el acuerdo de conciliación para menores en California
El acuerdo de compromiso para menores es el procedimiento judicial que California utiliza cuando alguien menor de 18 años llega a un acuerdo en una reclamación por lesiones. Comienza con Código de Sucesiones 3500, que otorga a un padre el derecho a llegar a un acuerdo sobre la reclamación disputada de un niño, pero hace que ese acuerdo sea válido. único después de que un tribunal superior lo apruebe en una petición presentada, en el condado donde vive el niño o en cualquier condado donde se pueda presentar la demanda. La maquinaria para el dinero entonces reside en Secciones 3600 y siguientes del Código de SucesionesEl tutor ad litem presenta la petición, el juez revisa los expedientes médicos, confirma que la indemnización es razonable para las lesiones y firma una orden antes de que se desembolse un solo dólar. La Sección 3610 rige el saldo restante una vez que se aprueban los honorarios y costos. Las compañías de seguros no realizarán ningún pago por la reclamación de un menor sin esa orden firmada, razón por la cual una familia que llega a un acuerdo verbal con un ajustador aún tiene semanas de trámite por delante.
El proceso de compromiso del menor paso a paso
La petición y la audiencia siguen un procedimiento predecible. A continuación, se describe la secuencia y en qué consiste cada paso:
La petición en sí es un formulario del Consejo Judicial, MC-350, Petición para aprobar un acuerdo sobre una reclamación en disputa.y es más detallada de lo que la mayoría de las familias esperan. Debe describir cómo ocurrió la lesión, las lesiones del niño y el tratamiento completo, si la recuperación es total o permanente, el monto total de la indemnización y cada deducción, cada gravamen médico y quién lo posee, los honorarios y costos solicitados, y exactamente a dónde irá el dinero neto del niño. Se adjuntan los registros y facturas médicas. El tribunal la lee para responder una pregunta: ¿es esta cantidad justa para el niño, considerando lo que realmente le sucedió? Una petición que subestima la atención futura es la razón más común por la que un juez la devuelve.
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¿Adónde va el dinero del niño?: Cuentas bloqueadas, fideicomisos y la regla de los 5,000 dólares.
La principal preocupación del tribunal es proteger la recuperación neta, y Código de Sucesiones 3611 le da al juez un menú. El pedido más común es un cuenta bloqueada: una cuenta asegurada federalmente que nadie, incluidos los padres, puede tocar sin una orden judicial, que se entrega automáticamente al niño a los 18 años. asentamiento estructurado Convierte la indemnización en pagos programados, a menudo previstos para la universidad o la primera etapa de la edad adulta, y conviene considerarla para indemnizaciones mayores, ya que el crecimiento está contemplado. El tribunal también puede ordenar que el dinero se deposite en un fideicomiso que el menor puede revocar al cumplir los 18 años, o en un tutor conforme a la Ley Uniforme de Transferencias a Menores de California.
Dos cifras en dólares deciden cuánto de esto se aplica. Si el saldo restante es $ 5,000 o menos, la sección 3611 permite que el tribunal ordene que se pague a un padre sin fianza, en los términos en Código de Sucesiones 3401, que permite a un padre mantener el dinero de un hijo en fideicomiso hasta la mayoría de edad cuando el patrimonio total del hijo no exceda los $5,000 y el padre dé una garantía escrita verificada a tal efecto. Si el saldo es $ 20,000 o menos, el tribunal tiene discreción para retenerlo bajo las condiciones que considere más convenientes para el interés del niño. Por encima de esas cifras, el dinero está bloqueado, y por debajo Código de Sucesiones 3612 El tribunal mantiene su jurisdicción hasta que el menor cumpla 18 años. Lo que el tribunal no hará bajo ninguna circunstancia es entregar un cheque cuantioso a los adultos sin condiciones.
¿Revisa el tribunal los honorarios de los abogados en el caso de un menor?
Sí, siempre. Los honorarios de un abogado en un caso de un menor no se fijan únicamente en función del anticipo. Código de Sucesiones 3601 Requiere que el tribunal, como parte de la misma orden que aprueba el acuerdo, autorice y ordene el pago de gastos, costos y honorarios de abogados razonables. según lo apruebe y permita el tribunal.No existe un porcentaje legal establecido: la tarifa de contingencia que sería habitual en el caso de un adulto no se aprueba automáticamente en el de un menor, y los jueces ajustan los honorarios según el trabajo realizado, el riesgo asumido y el resultado. Esta revisión beneficia a las familias, no representa un obstáculo, ya que un juez independiente confirma la parte que le corresponde al menor antes de que se cierre el expediente. Feher Law gestiona la solicitud de acuerdo del menor como parte de la representación, y nuestros honorarios siempre están sujetos a la revisión judicial.
¿Cuánto tiempo tarda la aprobación judicial?
La mayoría de las peticiones de conciliación de menores no impugnadas se resuelven en pocas semanas tras su presentación, dependiendo del calendario del condado. Una vez que el juez firma la orden, la aseguradora suele financiar el acuerdo en un plazo de 30 días, se pagan los honorarios y gravámenes aprobados y la indemnización neta del menor se deposita exactamente como lo indica la orden. Si desea saber cuál podría ser el valor de la reclamación subyacente antes de que comience todo esto, consulte nuestra guía gratuita. calculadora de liquidación de lesiones personales modelos de facturas médicas, atención futura y dolor y sufrimiento, y nuestra guía para ¿Cuánto tarda en llegar el dinero de una indemnización en California? Cubre el cronograma posterior a la aprobación.
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Nuestros abogados de lesiones personales en California trabajan a comisión: no hay honorarios por adelantado y los términos de los honorarios se establecen por escrito antes de comenzar. Llame. (424) 622-3350 – Revisión de su caso gratuita y confidencial.
Qué esperar al trabajar con Feher Law
- Evaluación de caso gratuito: Habla con nuestro equipo, revisamos los detalles del accidente o incidente, su tratamiento y las ofertas disponibles, y le damos una valoración clara del valor de su reclamación. Sin costo ni compromiso.
- Investigación de caso: Recopilamos las pruebas que determinan el valor bruto: evidencia del lugar del accidente, datos del vehículo, historiales médicos, documentación salarial y, cuando sea necesario, reconstrucción del accidente y peritajes médicos. Además, iniciamos un registro continuo de cada gravamen sobre su indemnización.
- Demanda y presentación: Presentamos una demanda documentada a la aseguradora y, si no pagan el valor total, presentamos una demanda dentro del plazo de dos años establecido por la ley. PCCh 335.1 Así, nunca perderás la ventaja que te impone el calendario.
- Negociación y reducción de gravámenes: Mientras aumentamos la cifra bruta a través del descubrimiento y la mediación, simultáneamente negociamos cada gravamen hospitalario (limitado al 50 por ciento de la recuperación según Código Civil 3045.4), gravamen del proveedor y gravamen del gobierno a la baja. Ambas medidas aumentan su ganancia neta.
- Resolución y su estado de cuenta de liquidación: Antes de finalizar el acuerdo, recibirá un estado de cuenta detallado que muestra los honorarios, cada costo, el pago de cada gravamen y su ganancia neta exacta. Nuestros honorarios se deducen únicamente de la indemnización obtenida; usted no paga nada a menos que ganemos.
¿Por qué los clientes de California que buscan acuerdos extrajudiciales eligen Feher Law?
Thomas Feher, Esq. ha llevado más de 50 juicios con jurado a veredicto, y ese historial de juicios es lo que mueve las cifras de los acuerdos, porque las aseguradoras pagan un valor real a las empresas que saben que seleccionarán un jurado. Los resultados son públicos: un veredicto de 20.7 millones de dólares por lesiones cerebrales contra un hotel demandado en julio de 2026, un veredicto de 14.6 millones de dólares en Simone contra la sucesión de Bruce Jameson Feher Law ha gestionado casos de lesiones catastróficas en la columna vertebral, una indemnización de 8.5 millones de dólares para un trabajador que sufrió un choque lateral y más de 170 millones de dólares recuperados para clientes de California en general. Feher Law también se ocupa de la parte final del caso, la negociación de gravámenes y la declaración de acuerdo, como parte integral de la representación, no como algo secundario, porque el objetivo del bufete es su indemnización neta, no solo la cifra final. Desde sus oficinas en Torrance y Huntington Beach, el bufete presta servicios a clientes en los condados de Los Ángeles, Orange, San Bernardino y Riverside, en inglés y español. Todos los casos se manejan bajo un acuerdo de honorarios condicionales: usted no paga nada a menos que Feher Law gane su caso.
Preguntas frecuentes
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Última revisión realizada por Thomas Feher, Esq. – septiembre de 2026

