Estatuto de limitaciones de responsabilidad civil por daños en propiedades en California (2026): plazos, excepciones y vía de recuperación
- Tom Feher, Esq.
By Thomas Feher, Esq.|Fundador de Feher Law APC|Más de 50 juicios con jurado|Más de 150 millones de dólares recuperados|Super Abogados 2022-2026|Avvo 10.0
De Tom Feher, Esq.
“La razón más común por la que los demandantes de responsabilidad civil por accidentes en propiedades en California pierden casos con fundamento no es la falta de fundamento, sino el incumplimiento del plazo de seis meses para presentar reclamaciones ante el gobierno. Un resbalón y una caída en una acera, una lesión en una escuela pública o una caída en una estación de OCTA activan el requisito administrativo de seis meses establecido en el Código Gubernamental 911.2 antes de que se pueda presentar una demanda. Nuestra primera conversación con cada cliente de responsabilidad civil por accidentes en propiedades consiste en identificar el tipo de propietario y garantizar el cumplimiento del plazo.”
Thomas Feher, Esq. · Abogado fundador de Feher Law APC · Más de 50 juicios con jurado hasta el veredicto · Más de 150 millones de dólares recuperados · Super Lawyers 2022-2026
El plazo de prescripción de responsabilidad de locales en California es de dos años a partir de la fecha de la lesión para reclamaciones por lesiones personales. Código de Procedimiento Civil, artículo 335.1y tres años para reclamaciones por daños a la propiedad en virtud de Código de Procedimiento Civil, artículo 338. Si el propietario de la propiedad es una entidad pública (ciudad, condado, agencia estatal o distrito escolar), el plazo de seis meses para las reclamaciones gubernamentales según Código de Gobierno sección 911.2 Se aplica antes de que se pueda presentar cualquier demanda.
En nuestra práctica legal en California, donde manejamos casos de responsabilidad civil por accidentes en propiedades ajenas, la razón más común por la que los demandantes pierden casos con mérito es el incumplimiento del plazo para presentar reclamaciones ante el gobierno. El plazo de seis meses toma por sorpresa a muchas personas, especialmente cuando la lesión ocurrió en una acera, en un parque público o en una instalación de transporte público.
Puntos Clave
- Reclamaciones por lesiones personales: 2 años a partir de la fecha de la lesión (CCP 335.1).
- Reclamaciones por daños a la propiedad: 3 años a partir de la fecha del daño (CCP 338).
- Reclamaciones de entidades públicas (propiedad municipal/condal/estatal): Según el Código Gubernamental 911.2, el plazo es de 6 meses: antes de interponer una demanda, se debe presentar una reclamación administrativa.
- Menores El plazo de prescripción se suspende hasta que el menor cumpla 18 años. Sección 352 del Código de Procedimiento Civil.
- Regla de descubrimiento: Si la lesión o su causa no eran razonablemente detectables, el plazo comienza a correr desde el momento en que se descubre, no desde el momento del incidente.
Evaluación de caso gratuita: disponible las 24 horas, los 7 días de la semana
Si usted resultó lesionado en la propiedad de otra persona en California, el tiempo ya está corriendo. Llame (310) 340-1112 – Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, sin costo a menos que ganemos.
Plazos para presentar demandas por responsabilidad civil en propiedades en California (2026)
El plazo aplicable depende del tipo de propietario y del tipo de daños reclamados. Incumplir el plazo correspondiente invalida definitivamente la reclamación según la ley de California.
| Tipo de Inmueble | Plazo límite para reclamaciones por lesiones personales | Plazo límite para daños a la propiedad | Reglas especiales |
|---|---|---|---|
| Locales comerciales privados (comercios minoristas, restaurantes, hoteles) | 2 años (CCP 335.1) | 3 años (CCP 338) | Reclamación estándar por daños y perjuicios |
| Viviendas privadas (apartamentos, casas) | 2 años (CCP 335.1) | 3 años (CCP 338) | Posible solapamiento entre habitabilidad y locales. |
| Entidad pública (ciudad, condado, estado, distrito escolar) | Reclamación de 6 meses + demanda de 2 años | Reclamación de 6 meses + demanda de 3 años | Código gubernamental 911.2 Se requiere primero una reclamación administrativa |
| Propiedad federal (oficina de correos, hospital de veteranos, parque federal) | 2 años (FTCA) | Variable | Proceso de la Ley Federal de Reclamaciones por Agravios |
| Demandante menor de edad (menor de 18 años) | Se permite hasta los 18 años y 2 años. | Se permite hasta los 18 años y 3 años. | Peaje CCP 352 |
| Muerte por Negligencia | 2 años desde la fecha de fallecimiento | n/a | PCC 377.60 + 335.1 |
Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Cada caso se evalúa según sus circunstancias específicas conforme a la ley de California.
El plazo de seis meses para presentar reclamaciones al gobierno (el plazo que más se incumple)
En California, las reclamaciones por responsabilidad civil contra entidades públicas (ya sean estatales, del condado, municipales o de distritos especiales) requieren la presentación de una reclamación administrativa dentro de los seis meses posteriores a la lesión, según lo estipulado en la sección 911.2 del Código de Gobierno. Esto no equivale a interponer una demanda. Se trata de un paso previo que notifica formalmente a la entidad pública y le permite investigar y responder antes de que se pueda presentar una demanda.
Situaciones comunes que activan el plazo de seis meses:
- Resbalar y caer en una acera de la ciudad o tropezar en una sección elevada del pavimento.
- Lesión en un parque municipal, piscina pública o instalación recreativa.
- Resbalón y caída en una biblioteca pública, juzgado o oficina del DMV
- Lesiones sufridas en propiedades de Metro, OCTA u otro medio de transporte público.
- Resbalón y caída en una escuela pública o colegio comunitario.
- Lesión en una playa, sendero o centro de visitantes administrado por el estado.
Si la entidad pública rechaza la reclamación (o no responde en un plazo de 45 días, lo que se considera un rechazo), el reclamante dispone de seis meses a partir de la notificación de rechazo para interponer una demanda. El plazo de prescripción de dos años para casos de lesiones personales se aplica como límite máximo improrrogable; incluso agotando la vía administrativa, la demanda debe interponerse dentro de los dos años siguientes a la lesión, de conformidad con el artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil.
Si no se cumple el plazo de seis meses, se puede solicitar una prórroga de reclamación conforme al artículo 911.4 del Código Gubernamental en circunstancias limitadas (incapacidad física o mental, error de hecho respecto a la participación de la entidad, etc.). La solicitud debe presentarse dentro del plazo de un año a partir del accidente y se concede a discreción de la entidad. La mayoría de las solicitudes de prórroga son denegadas. Actuar dentro del plazo de seis meses es mucho más fiable.
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El plazo de seis meses para presentar reclamaciones gubernamentales es el plazo que más se incumple en la práctica de responsabilidad civil por daños en propiedades en California. Llame (310) 340-1112 – Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, sin costo a menos que ganemos.
Excepciones a la suspensión de plazos que pueden extender el plazo
Varias leyes de California extienden (suspenden) el plazo más allá del período estándar de dos años en circunstancias específicas:
Demandantes menores de edad (artículo 352 del Código de Procedimiento Civil). Si la persona lesionada era menor de 18 años al momento del incidente, el plazo de prescripción se suspende hasta que cumpla los 18. En ese caso, el plazo para presentar una demanda por lesiones personales se extiende por dos años, lo que le da al demandante, ahora mayor de edad, hasta los 20 años para presentarla. Esta suspensión NO extiende el plazo de seis meses establecido por la Ley de Reclamaciones Gubernamentales, el cual sigue vigente y debe ser cumplido por un padre o tutor en nombre del menor.
Incapacidad mental (artículo 352 del Código Penal). Si la persona lesionada era incapaz o no podía gestionar sus asuntos en el momento de la lesión (traumatismo craneoencefálico grave, coma, etc.), el plazo de prescripción se suspende durante el período de incapacidad. El plazo vuelve a correr cuando se restablece la capacidad.
El acusado reside fuera del estado (Sección 351 del Código de Procedimiento Penal). Si el demandado reside fuera de California durante cualquier período posterior a la lesión, ese tiempo queda excluido del cálculo de los plazos de prescripción.
Regla de descubrimiento. Si la lesión o su causa no eran razonablemente detectables en el momento del incidente (por ejemplo, una lesión latente que se manifiesta posteriormente o un defecto oculto en la propiedad), el plazo de prescripción comienza a correr desde el momento en que el demandante tuvo conocimiento o debió haber tenido conocimiento de la lesión y su causa. Esta regla se aplica de forma restrictiva y la defensa la impugna con frecuencia.
Ocultación fraudulenta. Si el demandado ocultó activamente hechos relevantes sobre la causa de la lesión, podría aplicarse la suspensión equitativa del plazo de prescripción. Esto depende de las circunstancias específicas de cada caso y requiere ocultamiento intencionado, no mero silencio.
Por qué actuar dentro de los 30 días protege su caso.
Incluso cuando faltan años para que venza el plazo legal, el valor de un caso de responsabilidad civil por daños en propiedades en California disminuye rápidamente si no se actúa con prontitud. Las pruebas clave tienen una vigencia muy corta:
Imágenes de seguridad. Las tiendas, hoteles y propiedades comerciales suelen conservar los vídeos entre 7 y 90 días. Sin una autorización inmediata para su conservación, las grabaciones de su caída se eliminan automáticamente según la política de retención de documentos del establecimiento.
Informes de incidentes. Los establecimientos suelen elaborar informes de incidentes inmediatamente después de una lesión, pero con el tiempo, debido a la rotación de personal y al vencimiento de los plazos de conservación de documentos, resulta más difícil obtener dichos informes.
Recuerdo de testigo. Los testigos recuerdan con precisión los peligros, el clima, la iluminación y la cronología de los hechos durante los primeros 30 a 60 días. La memoria se deteriora significativamente después de 6 meses y suele ser poco fiable después de un año.
Mantenimiento de registros. Los registros de barrido, las inspecciones del estado del piso, los registros de reparaciones y los registros de quejas generalmente se conservan de 1 a 3 años. Una carta de destrucción enviada dentro de los 30 días posteriores al incidente preserva estos registros.
Documentación médica. La evaluación médica realizada el mismo día o al día siguiente genera evidencia de causalidad contemporánea. Los demandantes que esperan semanas o meses para buscar tratamiento crean lagunas probatorias que las aseguradoras aprovechan para argumentar que la lesión no estuvo relacionada con la caída.
Qué esperar al trabajar con Feher Law
- Consulta inicial gratuita. Revisamos los detalles del incidente, los plazos aplicables, identificamos el tipo de propietario (privado o público) y cualquier documentación que usted tenga. Sin compromiso ni costo alguno.
- Cálculo y protección de plazos. Identificamos de inmediato el plazo de prescripción aplicable y las fechas límite para la presentación de reclamaciones gubernamentales. Si se requiere una reclamación ante una entidad pública, redactamos y presentamos la reclamación administrativa dentro del plazo de seis meses.
- Preservación de evidencia. Enviamos cartas de advertencia a los propietarios, solicitamos grabaciones de vigilancia, documentamos el peligro con nuestras propias fotografías y entrevistas a testigos. Los gastos corren a cargo de la firma.
- Demanda y litigio. Carta de reclamación formal dirigida a la compañía aseguradora del propietario. Si no se llega a un acuerdo, se interpondrá una demanda antes del plazo legal.
- Resolución y recuperación. Los fondos del acuerdo se distribuyen después de deducir los costos del caso y los honorarios por contingencia. Usted no paga nada a menos que ganemos. Según la sección 6147 del Código de Negocios y Profesiones, las tarifas son del 33 % antes del litigio y del 40 % después de presentada la demanda.
Por qué los clientes de responsabilidad civil por daños en propiedades en California eligen Feher Law
Thomas Feher, Esq. fundó Feher Law APC en 2019 tras una década como abogado litigante sénior. Ha llevado a juicio con jurado más de 50 veces, cuenta con una calificación Avvo de 10.0 y ha sido reconocido como Super Lawyers 2022-2026. Los resultados de la firma en las áreas de lesiones personales y lesiones catastróficas incluyen el veredicto de $14.6 millones en el caso Simone v. Estate of Bruce Jameson por una lesión medular catastrófica y recuperaciones totales que superan los $150 millones para clientes de California. Actuamos con rapidez en casos de responsabilidad de locales porque los plazos son cruciales y la evidencia se deteriora rápidamente. Aceptamos casos complejos de responsabilidad de locales (reclamaciones de entidades públicas, escenarios con múltiples demandados, superposición de responsabilidad por productos) que otras firmas rechazan.
No permita que una fecha límite le impida reclamar.
Los plazos para presentar demandas por responsabilidad civil en California comienzan a correr el día de la lesión. Llame (310) 340-1112 – Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, sin costo a menos que ganemos.
Preguntas frecuentes
El estatuto de limitaciones de lesiones personales de California según Código de Procedimiento Civil, artículo 335.1 Tiene dos años a partir de la fecha de la lesión para presentar una demanda. Las reclamaciones por daños a la propiedad tienen un plazo de tres años según la sección 338 del Código de Procedimiento Civil. Si el propietario es una entidad pública, se requiere un plazo administrativo de seis meses conforme a la sección 911.2 del Código de Gobierno antes de presentar una demanda.
El plazo de dos años corresponde al plazo de prescripción para demandas por lesiones personales en el caso de propietarios de propiedades privadas. El plazo de seis meses es el requisito administrativo de la Ley de Reclamaciones Gubernamentales para entidades públicas (municipios, condados, estados, distritos escolares). La reclamación administrativa debe presentarse dentro de los seis meses posteriores a la lesión. Si la entidad rechaza la reclamación (o no responde en un plazo de 45 días), el reclamante dispone de seis meses a partir de la fecha de rechazo para interponer una demanda, con un límite máximo de dos años establecido en el artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil.
El artículo 352 del Código de Procedimiento Civil de California suspende el plazo de prescripción para demandas por lesiones personales hasta que el menor cumpla 18 años. A partir de entonces, el plazo se extiende por dos años, lo que otorga al demandante, ahora adulto, hasta los 20 años para presentar la demanda. Esta suspensión NO extiende el plazo de seis meses establecido por la Ley de Reclamaciones Gubernamentales, que debe cumplir un padre o tutor legal en nombre del menor.
En determinadas circunstancias (incapacidad física o mental, error sobre la participación de la entidad, etc.), se puede solicitar una prórroga para la tramitación de una reclamación conforme al artículo 911.4 del Código Gubernamental. La solicitud debe presentarse dentro del plazo de un año a partir del accidente. La mayoría de las solicitudes de prórroga son denegadas. Si se aprueba, la reclamación procede. Si se deniega, la reclamación de la entidad pública se da por concluida definitivamente.
La regla del descubrimiento se aplica en circunstancias específicas. Si la lesión o su causa no eran razonablemente detectables en el momento del incidente (lesión latente que surgió posteriormente, defecto oculto en la propiedad que causó el daño), el plazo comienza a correr desde que el demandante tuvo conocimiento o debió haber tenido conocimiento de la lesión y su causa. La defensa suele impugnar la aplicación de la regla del descubrimiento, por lo que actuar con prontitud siempre es más seguro que confiar en ella.
En casos de propiedad privada, sí, el plazo de dos años para reclamaciones por lesiones personales le da tiempo. Sin embargo, la calidad de las pruebas se ha deteriorado considerablemente: las grabaciones de vigilancia pueden haber desaparecido, la memoria de los testigos puede haberse desvanecido y los registros de mantenimiento pueden haber sido destruidos sistemáticamente. La intervención temprana de un abogado preserva el caso en su totalidad. En casos de entidades públicas, si esperó más allá del plazo de seis meses para presentar reclamaciones, el proceso de alivio por reclamación tardía es su única opción restante y tiene una baja tasa de éxito.
California tiene reglas estrictas sobre las exenciones de responsabilidad. Las exenciones previas a la lesión por negligencia ordinaria pueden ser exigibles en instalaciones recreativas (gimnasios, estaciones de esquí, etc.) según Tunkl contra Regents Si bien existen factores que influyen en la responsabilidad civil, las exenciones de responsabilidad por negligencia grave o por condiciones inherentemente peligrosas generalmente no son exigibles. Los letreros por sí solos (sin una exención firmada) no impiden las demandas por responsabilidad de las instalaciones. Un abogado puede evaluar si una exención específica es exigible en su caso.
La mayoría de los casos de responsabilidad civil por daños en propiedades en California se resuelven antes del juicio mediante negociación, mediación o audiencia previa al juicio. La amenaza de juicio es lo que genera acuerdos favorables: cuando los demandados saben que el abogado del demandante llevará el caso a juicio, el valor de los acuerdos aumenta. Tom Feher ha llevado a juicio más de 50 casos con jurado, incluyendo un veredicto de 14.6 millones de dólares por lesiones catastróficas.
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Asentamientos recientes notables
Ejemplos de casos de California que Feher Law ha resuelto en nombre de clientes en las áreas de práctica de lesiones personales y responsabilidad de locales:
- $14.6 M – Lesión medular catastrófica (Simone contra la sucesión de Bruce Jameson)
- $7 M – Veredicto sobre derechos civiles
- $4.2 M – Accidente de coche / Lesión de espalda
- $2.5 M – Acuerdo por lesiones multisistémicas
Los resultados anteriores no garantizan resultados futuros. Cada caso se evalúa según sus circunstancias específicas conforme a la ley de California.
Calcula el valor de tu caso: Utilice nuestro gratis Calculadora de liquidación por resbalones y caídas Para obtener un presupuesto rápido, o hable directamente con un Abogado de responsabilidad civil por daños en propiedades en California para una revisión personalizada.
Última revisión realizada por Thomas Feher, Esq. – mayo de 2026

